El IVA llegará a los servicios electrónicos el año que viene

El proyecto de ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, conocida popularmente como Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para 2003, introducirá el pago del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) en los servicios electrónicos a partir del 1 de julio de 2003, así como la creación de un regimen especial para los proveedores de fuera de la Unión Europea.

El proyecto de ley añade a la Ley 37/1992 sobre el IVA un nuevo apartado y capítulo en los que regula, respectivamente, los servicios por vía electrónica que se someterán al impuesto y el régimen especial de éstos cuando sean prestados por empresarios o profesionales que no tengan sede en ningún país comunitario.

Así, la ley establece como servicios a los que será de aplicación el IVA los proporcionados por vía electrónica por un proveedor con sede en el territorio de aplicación del IVA (siempre que no se presten a otro empresario o profesional de la UE o cuando no sea posible determinar su domicilio) o a un destinatario, profesional o particular, con sede en algún país comunitario.

En el caso de que dicho destinatario sea una empresa o profesional, el tributo se aplicará «siempre que se trate de servicios que tengan por destinatarios a dicha sede, establecimiento permanente o domicilio» y con independencia de la localización del prestador del servicios o lugar desde el que se preste.

Según el proyecto, se determinará la residencia de los receptores dentro del territorio de aplicación del IVA «cuando se efectúe el pago de la contraprestación del servicio con cargo a cuentas abiertas en establecimientos de entidades de crédito ubicadas en dicho territorio».

Servicios

Entre otros, la Ley del IVA, tras su modificación, considerará servicios electrónicos: el mantenimiento a distancia de programas y equipos, el suministro y alojamiento de sitios informáticos y programas, y la provisión de imágenes, texto, información, música, películas, juegos (incluidos los de azar o de dinero) y enseñanza a distancia (‘e-learning’).

También estarán sometidos al IVA la puesta a disposición de bases de datos y el suministro de emisiones políticas, culturales, artísticas, deportivas, científicas o de ocio, pero no el mero hecho de que un cliente se comunique con su prestador de un servicio por correo electrónico.

La AI cree que la ley traslada la vida real al mundo de la Red

El vicepresidente de la Asociación de Internautas (AI), José Ramón Estevan, acogió favorablemente la medida recogida en el proyecto de Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2003. Estevan valoró el hecho de que traslada la «vida real al mundo de Internet».

Para Ramón Estevan toda medida que equipare el «mundo real con el ciberespacio» es siempre bien acogida «aunque signifique pagar más». En este sentido, indicó que si un comprador paga el IVA, considera justo que este mismo impuesto se aplique por «similar adquisición» a través de la Red.

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