¿Alguien de la SGAE tiene mínima idea de Internet?

Debemos en primer lugar afirmar
rotundamente que sí, que existe la excepción que
confirma la regla y que esa excepción lleva el nombre de David
Bisbal
. En estas pasadas vacaciones, allá en el exilio,
leí, no recuerdo donde, que este señor, ademas de
pensar que la única manera que la música no muera es
prohibir «la mula», se declaraba entendido en Internet,
ya que poseía un Ipod y todos los días compraba
algo en Itunes. Tan compleja operación, y el realizarla
tan frecuentemente, demuestra, sin lugar a dudas, amplio dominio del
medio. Pena no haber conservado el enlace para archivarlo en lugar de
honor y facilitároslo aquí. Si alguien es poseedor de
tan preciada reliquia y desea compartirla, nos haría felices.

Hecha la salvedad vayamos al tema. En
el caso de la SGAE versus Asociación de
Internautas por el asunto
de la web putasgae, la actuación de los abogados de la parte
denunciante raya lo surrealista en todos los sentidos. En lo
legal reclaman una ejecución provisional, en concreto que se
le vaya adelantando la pasta, a lo que, legalmente, no tienen ningún
derecho. Ya han tenido que retractarse, reconocer su error y
retirar la solicitud. Tendrán que esperar para hincar el
diente a los 36.000 euros, si es que terminan obteniéndolos,
que aun esta por ver.

Pero la cosa no termina ahí.
Empeñados en demostrar la mala fe de la AI en este
asunto, han afirmado
ante el tribunal que el contenido presuntamente ofensivo en litigio
continua publicado y no ha sido retirado como afirma la AI.
Como prueba de su afirmación presentan un documento
consistente en una captura de pantalla de www.archive.org.
Como su propio nombre indica, esta web es un archivo histórico,
donde se pueden encontrar paginas tal y como estaban en 2004,
que fue cuando, en realidad, la AI retiró la
información origen de esta polémica.

La opinión de la Asociación
de Internautas es clara: «Que la acción de SGAE
sea un error negligente mayúsculo o, por el contrario,
sea una maniobra torticera dirigida a engañar al juez mediante
la aportación en juicio de un documento susceptible en caer en
las categorías de falsedad que tipifican nuestro código
penal
, es algo que tendrán que determinar los jueces».

Resumen: Han metido la pata hasta el
corvejón.

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