Se van resolviendo las sanciones de 2002

La gran novedad de esta multa, ahora
confirmada por el Tribunal Supremo, es que no la impuso la
CMT, como es habitual, sino el Tribunal de Defensa de la
Competencia
.

Lo hizo en 2002 y es ahora
cuando el TS ha resuelto desestimar todas las alegaciones de
Telefónica y confirmar
la sanción de 900.000€ que en su día impuso el
TDC. Parece que, en este país, seis años es el
margen habitual
de estas cosas.

La sentencia del Supremo
considera que en los contratos mayoristas Megavia ADSL,
Telefónica impuso “cláusulas que atribuyen a
Telefónica Data la propiedad, el suministro y el
mantenimiento» de las lineas ADSL, lo que produjo un
«efecto anticompetitivo tildable de práctica abusiva«.

Con esto Telefónica
consiguió que los clientes potenciales se decantaran por sus
servicios, lo que el TS destaca diciendo que «se evidencia que
los usuarios preferirían contratar el servicio ADSL con
Telefónica Data, en la medida que ofrece la
intervención de un solo operario frente al resto de operadores
que ofrecían una doble intervención en el domicilio del
usuario final, al requerir una relación con dos operadores
diferenciados».

Se referirá a los que no
mandaban a Terra, que los que contrataron en los primeros
tiempos del ADSL en España recordaran que se
llamaba al 1004 y era una lotería, lo mismo te metían
en Terra que en Telefónica Data, lo mismo que de
router te podía tocar un 3com812 que un SpeedStream.
Era época de emociones fuertes.

Total, que en este caso Telefónica
no ha conseguido rebaja alguna, deberá pagar los 900.000€
íntegros.

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