¿Quién paga el canon digital?

Todos y cada uno de nosotros, la
respuesta es rápida, impepinable y no sujeta a matices. Habría
que replantear la pregunta, hacerla en la forma ¿cómo y
cuando pagamos el canon? Para poder entrar en matices.

En la página de Enrique
Dans
encontramos un ejemplo, una bonita factura en la que el
canon supera el precio del producto en si:

Podría parecer una factura de un
vendedor concienciado que desglosa el canon, como recomiendan muchas
asociaciones que se solicite, para posteriores reclamaciones, pero un
par de detalles no cuadran. En un desglose, se parte del precio
final, que se divide en conceptos cuya suma es dicho precio.

En este caso, es un añadido,
incluso antes de IVA, cosa que tampoco nos asustaría
porque todos los berrinches por este tema ya nos los hemos llevado
antes, salvo por el pequeño detalle de que esa factura es de
juzgado de guardia. Y no por lo desproporcionado de impuesto
“cultural”, que también somos conscientes que lo es, sino
porque ese vendedor, simplemente, ha estafado al cliente.

El canon digital grava el producto a
nivel de fabricante, que es el que lo paga, lo que,
lógicamente, afecta al distribuidor, que compra más
caro y al cliente final, que paga los platos que se han roto con
anterioridad.

Pero a este sufrido último
eslabón de la cadena el precio ya le llega, o llegará
cuando se terminen los stocks AC (Antes de Canon), encarecido
en lo que nuestros sabios gobernantes han decidido que debe serlo
para evitar que el analfabetismo vuelva a reinar en nuestro país
y tengamos que reacondicionar las moradas de Atapuerca para
cuando, por falta de escuchar Cd´s de Ramoncín, el
cuerpo se nos asilvestre lo suficiente como para desear vivir allí.

En la era DC (Después de
Canon), indudablemente, todo este material será mucho más
caro, pero desde origen. En ningún momento ni circunstancia
el cliente, ni siquiera el distribuidor, deberá pagarlo
específicamente.
Una factura que añada canon
al precio del articulo es, y será, una factura fraudulenta,
en la que el vendedor se embolsará ese concepto ilegalmente y
en la que el comprador se encuentra que ha pagado dos veces el mismo
gravamen, una vez, dentro del precio del articulo, para beneficio de
la SGAE y otro más para beneficio del listo de turno.

Ya están las cosas lo bastante
fastidiadas por decreto ley como para que nos vengan, ahora, a
intentar timarnos.

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