La taberna está dedicado al habla de cualquier tema que se quiera comentar, claro está con compostura (nada de insultos) y claridad, sin entrar en temas ilegales o de sexo, política o religión.
Hola a todos. He puesto una denuncia a i.s.g.f. por estafa, ya que me reclaman una cantidad de 84 e. que no debo, probado con recibos y admitiendolo Orange. Otra denuncia por romper la Ley Orgánica de Protección de Datos. Estoy harto de enviar fax con toda la documentación y me siguen dando "el coñazo". Lo bueno es que me lo he tomado como una cuestión personal y voy a por ellos (legalmente). Tengo toda la información de la empresa, se llama informe basico. Adiministradores, apoderado, son varias empresas de Madrid. Si a alguien de Vds. os han fastidiado igualmente que a mi, estaré encantado de enviarla, pero por correo postal. Incluye direcciones, telefonos, balance economico, etc. Mi dirección: Paco Serrano pareja (C/ Vado, 13. 14812. Almedinilla. Córdoba) Un saludo.
RESOLUCIÓN Nº.: R/00755/2007 Vista la reclamación formulada por D. F.V.V., contra I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L., y en base a los siguientes, HECHOS En fecha 15 de marzo de 2007, tuvo entrada en esta Agencia reclamación de D. F.V.V. contra I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. por no haber sido debidamente atendido su derecho de acceso. Realizadas las actuaciones procedimentales previstas en el artículo 17 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, que continúa en vigor de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), se han constatado los siguientes HECHOS PROBADOS PRIMERO: Con fecha del 26/01/2007 D. F.V.V. se dirigió a I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. solicitando el derecho de acceso a sus datos personales. SEGUNDO: Con fecha 15/03/2007, D. F.V.V. interpuso reclamación ante esta Agencia Española Protección de Datos por la denegación del derecho de acceso a sus datos por parte de I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. TERCERO: En fecha 16/04/2007 se trasladó dicha reclamación a I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. que presentó las alegaciones que a su derecho estimó convenientes, manifestando que, con fecha 22/02/2007 remitió carta certificada al reclamante, donde le informó que debía dirigir su derecho de acceso a sus datos a la empresa responsable del fichero, facilitándole la dirección de la misma. CUARTO: Examinadas las alegaciones presentadas por I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L., se dio traslado de las mismas al reclamante mediante escrito de fecha 17/05/2007, no recibiendo respuesta. c. Jorge Juan 6 28001 Madrid http://www.agpd.es 2/3 FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: La competencia para resolver la presente reclamación corresponde al Director de la Agencia Española de Protección de Datos, de acuerdo con el artículo 37.d), en relación con el artículo 36, ambos de la LOPD. SEGUNDO: El artículo 18.1 de la LOPD señala que “Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser objeto de reclamación por los afectados ante la Agencia Española de Protección de Datos, en la forma que reglamentariamente se determine”. TERCERO: El artículo 15.1 de la LOPD dispone que “El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos”. CUARTO: El artículo 12.3 del citado Real Decreto 1332/94, determina: “3. El responsable del fichero resolverá sobre la petición de acceso en el plazo máximo de un mes, a contar de la recepción de la solicitud. Transcurrido este plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de acceso, ésta podrá entenderse desestimada a los efectos de la interposición de la reclamación prevista en el artículo 17.1 de la Ley Orgánica 5/1992” (artículo 18.1 LOPD). QUINTO: Por su parte, la Instrucción 1/1998, de 19 de enero, de la Agencia Española de Protección de Datos, relativa al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación establece en el punto 4 de su Norma Primera: “4. El responsable del fichero deberá contestar la solicitud que se le dirija, con independencia de que figuren o no datos personales del afectado en sus ficheros, debiendo utilizar cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción. En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos especificados en el apartado tercero, el responsable del fichero deberá solicitar la subsanación de los mismos.” SEXTO: En el presente caso, ha quedado acreditado que I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. recibió la solicitud de acceso del reclamante en fecha 26/01/2007, que contestó en fecha 22/02/2007 indicándole que debía dirigir su derecho de acceso a sus datos a la empresa responsable del fichero, facilitándole la dirección de la misma, ya que I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. sólo es el responsable del tratamiento conforme al artículo 12 de la L.O.P.D., es decir, dentro del plazo establecido legalmente para atender dicho acceso, por lo que se desestima la presente tutela. Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, c. Jorge Juan 6 28001 Madrid http://www.agpd.es 3/3 El Director de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE: PRIMERO: DESESTIMAR la reclamación formulada por D. F.V.V. contra I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a I.S.G.F. Informes Comerciales, S. L. con domicilio en (C/..............................................), y a D. F.V.V. con domicilio en (C/.............................................) De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 18.4 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (en lo sucesivo LJCA), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Madrid, 4 de septiembre de 2007 EL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA
En las cartas te marcan como telefono el 902 104 684 y como fax el 902 088 716
HOLA HE SIDO TRABAJADORA DE ISGF, Y SI ES VERDAD SON UNOS ESTAFADORES, Y TAMBIEN QUERIA COMENTAR A TODOS AQUELLAS PERSONAS QUE NO CUMPLAN EL CONTRATO DE PERMANENCIA, NO PASA NADA, NO SON LEGALES, TODOS LOS JUICIOS CELEBRADOR POR CAUSA DE ESTOS CONTRATOS, LAS COMPAÑIAS TELEFONICAS PIERDEN EL CASO
ISGF UNA EMPRESA BASURA CON TRATO DEGRADANTE A SUS EMPLEADOS, EMPRESAS COMO ESTAS NO DEBERIAN EXISTIR.
En las cartas te marcan como telefono el 902 104 684 y como fax el 902 088 716
HOLA HE SIDO TRABAJADORA DE ISGF, Y SI ES VERDAD SON UNOS ESTAFADORES, Y TAMBIEN QUERIA COMENTAR A TODOS AQUELLAS PERSONAS QUE NO CUMPLAN EL CONTRATO DE PERMANENCIA, NO PASA NADA, NO SON LEGALES, TODOS LOS JUICIOS CELEBRADOR POR CAUSA DE ESTOS CONTRATOS, LAS COMPAÑIAS TELEFONICAS PIERDEN EL CASO
ISGF UNA EMPRESA BASURA CON TRATO DEGRADANTE A SUS EMPLEADOS, EMPRESAS COMO ESTAS NO DEBERIAN EXISTIR.
PUES NO SE QUIEN SERAS PERO ESTAS MUY EQUIVOCADA ,EN PRIMER LUGAR ESTARAS JODID@ PORQUE TE HAN LARGADO DEL CURRO Y LO PAGAS CON ELLOS PERO QUE YO SEPA EN ESTA EMPRESA A NADIE SE LE TRATA MAL Y SI NO TE GUSTABA HABERTE LARGADO ANTES, EN SEGUNDO LUGAR EN ESTA EMPRESA NO HAY ESTAFADORES ...CREE EL LADRON QUE TODOS SON DE SU CONDICION!!! ES UN TRABAJO COMO OTRO CUALQUIERA TOTALMENTE DENTRO DE LA LEGALIDAD.
Y RESPECTO A LAS PERMANENCIAS ..YO NO SE EN QUE EMPRESA HABRAS TRABAJADO TU O QUE CONTRATOS LEES PERO ES PERFECTAMENTE LEGAL... LO FIRMAS EN EL CONTRATO Y SI LO INCUMPLES ES TU PROBLEMA Y SIEMPRE GANAN LAS COMPANIAS... PARECE MENTIRA QUE INTENTES ENGANAR A LA GENTE!!!
Yo he mandado el curriculum para gestor de cobros en isgf.Alguien me podria decir si existe un salario fijo ,si ha comisiones,que clase de contrato hacen y que tal es la empresa..etc.
Yo he mandado el curriculum para gestor de cobros en isgf.Alguien me podria decir si existe un salario fijo ,si ha comisiones,que clase de contrato hacen y que tal es la empresa..etc.
Gracias
TENGO ENTENDIDO QUE ES CONTRATO LABORAL CON UN FIJO MAS COMISIONES SI SUPERAS EL MINIMO DE COBROS PERO NO SE DECIRTE CUAL ES EL MINIMO Y TIENES VARIOS HORARIOS , DEPENDE DE LO QUE BUSQUEN. ES RECOBRO TELEFONICO. LA EMPRESA ESTA BIEN EL TRABAJO ES UN POCO ABURRIDO Y MONOTONO PERO ES UN TRABAJO QUE ESTA BIEN. YO TRABAJE ALLI Y QUEDE CONTENTO AUNQUE NO ERA LO MIO. HAY QUE TENER PACIENCIA Y TENER PODER DE CONVICCION PARA QUE PAGUEN LOS DEUDORES.
anonymous, o eres el director de esa emprersa o eres el pelotillero de esta, deja de defender a los ladrones, que los buenos son los que trabajan para ganarse el pan, con gente como tu no me extraña que se cometan las tropelias que se cometen. que verguenza.
vaya como me ponéis el tema... tras varias conversaciones bilaterales con estos señores de manera amable como si de cualquier departamento de cobros se tratara, la última ha sido de coñaa¡¡¡¡ A la señorita que me ha llamado le falta un poquito de educación y un camión de all bran, educación que me impide poner aqui su nombre, pero me parece a mi que muy agusto en su trabajo no está o eso o le pagan para eso, pero no creo que sea el mejor método. Cuidado con estos señores quen no veas como se las gastan ¡¡¡¡¡¡¡
[quote="Anonymous"]vaya como me ponéis el tema... tras varias conversaciones bilaterales con estos señores de manera amable como si de cualquier departamento de cobros se tratara, la última ha sido de coñaa¡¡¡¡ A la señorita que me ha llamado le falta un poquito de educación y un camión de all bran, educación que me impide poner aqui su nombre, pero me parece a mi que muy agusto en su trabajo no está o eso o le pagan para eso, pero no creo que sea el mejor método. Cuidado con estos señores quen no veas como se las gastan ¡¡¡¡¡¡¡[/quote]pues yo hoy he llamado a esta empresa, poniendo una reclamacion, porque ayer llamaron a mi madre violando la ´ley de protección de datos y amenazando, cuando mi madre pregunto con quien hablaba le contestaron que no tenian porque identificarse, pues bien, hoy cuando he llamado, tambien m han amenazado e insultando, al hablar con otra compañera su justificación ha sido que trataban como se tiene que tratar a un moroso, de aqui a ponerles una denuncia, eso si que agusto que me he quedado mandandolas a la mierda, ahora ya es algo personal y no pienso parar hasta escuchar una disculpa por su parte
El verdadero culpable son las conpañias telefonicas en mi caso "ono" que son las que dejan en manos de mafiosos y extorsionadores sus cobros y asi se quitan de enmedio que se les denuncie directamente a ellos.
por ultimo me cago en tos sus mu..... de I.S.G.F
"Alerta". Tengan cuidado con I.S.G.F INFORMES COMERCIALES. El pasado jueves salio en el periodico que esta empresa se dedica a cojer informes de asnef y haciendose pasar por abogados, para cobrar facturas pendientes de empresas y entidades que nunca llegan a cobrar las compañias y la gente sigue deviendo el importe inicial. Mucho ojo y denuncien si es su caso.
"Alerta". Tengan cuidado con I.S.G.F INFORMES COMERCIALES. El pasado jueves salio en el periodico que esta empresa se dedica a cojer informes de asnef y haciendose pasar por abogados, para cobrar facturas pendientes de empresas y entidades que nunca llegan a cobrar las compañias y la gente sigue debiendo el importe inicial. Mucho ojo y denuncien si es su caso.
En las cartas te marcan como telefono el 902 104 684 y como fax el 902 088 716
HOLA HE SIDO TRABAJADORA DE ISGF, Y SI ES VERDAD SON UNOS ESTAFADORES, Y TAMBIEN QUERIA COMENTAR A TODOS AQUELLAS PERSONAS QUE NO CUMPLAN EL CONTRATO DE PERMANENCIA, NO PASA NADA, NO SON LEGALES, TODOS LOS JUICIOS CELEBRADOR POR CAUSA DE ESTOS CONTRATOS, LAS COMPAÑIAS TELEFONICAS PIERDEN EL CASO
ISGF UNA EMPRESA BASURA CON TRATO DEGRADANTE A SUS EMPLEADOS, EMPRESAS COMO ESTAS NO DEBERIAN EXISTIR.[/quote]
Hola me gustaria que me informases de una cosa ya que este fue tu trabajo, mira te cuento yo cumpli mi contrato de permanecia de ya.com el cual me dì de baja y ahora no paran de mandarme cartas ke pague 29 por darme de baja en este servicio, ya me ha llegado hoy una cara de una tal abogada ana isabel carreras que si no hago ese impago me pondra en morosos esta abogada pertenece a la empresa ISGF que me recomiendas que haga respondeme a mi correo por fi es lulesalcazar@hotmail.com
Yo he mandado el curriculum para gestor de cobros en isgf.Alguien me podria decir si existe un salario fijo ,si ha comisiones,que clase de contrato hacen y que tal es la empresa..etc.
Gracias[/quote]
cobras 1045 € dicen q si tienes comision pero yo nunca lo cobre, te aconsejo q busques otra empresa alli el trato no es bueno yo ya sali de alli gracias a dios