Se terminó de publicar videos o música en Internet con Libertad

Navegando por internet encuentro la noticia de que por publicar o bajar música o vídeos de internet, auque se tenga los derechos de autor es ilegal por una patente de software. Tras la LSSI o la SGAE, y la mierda proxy caché de timofónica es lo último que nos podían hacer, si es que nos dan bofetadas por todas partes.Aquí os dejo la noticia entera obtenida en Libertad Digitall:

Patentes de software: Se acabó publicar música o vídeos en Internet con libertad

¿Ha publicado alguna vez una grabación de sonido o imagen en Internet? ¿Ha escogido y bajado nunca música o vídeos de un servidor?. Pues quizás antes de volverlo a hacerlo tendría que hablar con un abogado, aunque tenga usted los derechos de autor de la música o la película. ¿El motivo? Una patente de software.

Según se ha publicado recientemente, una empresa llamada Acacia Media Technologies está exigiendo a sitios web, radios sobre Internet y otras empresas, por ahora en EE.UU., que paguen parte de sus beneficios en concepto de licencia por uso de algunas de sus patentes. Las patentes en cuestión (5.132.992 y 6.144.702, ambas de la Oficina de Patentes de EE.UU.) tratan sobre la transmisión y recepción de ficheros de audio y vídeo. Son tan genéricas que podrían cubrir cualquier forma de transmisión de audio y vídeo comprimido sobre Internet, y esa parece ser la interpretación de Acacia, que tiene estas patentes en su cartera desde que se las compró a otra empresa hace un año. Al parecer Acacia está llevando a cabo una agresiva campaña de recaudación de fondos en empresas que podrían estar infringiendo sus patentes, que ha sido tachada por alguno de los afectados como «extorsión».

Acacia también dispone de una patente europea muy similar, la EP566662, concedida para muchos estados europeos (incluido el español). Según ella, no sólo en EE.UU., sino también en Europa, cualquiera que quiera hacer transferencias de sonido o imagen comprimidos entre dos ordenadores tendría que pedir permiso a Acacia y pagarles lo que pidan, si ellos quieren dar el permiso (podrían negarte el derecho a hacerlo, si así lo prefieren). Si no se llega a un acuerdo con ellos, Acacia podría demandar al supuesto infractor, y además de conseguir indemnizaciones, pedir el cese inmediato de servicios.

Con patentes de software como estas queda manifiesto cómo en los EE.UU. se ha llegado de facto a una censura privada en la Red. Si la patente de Acacia es válida (y lo sea o no, tratar de invalidarla en un tribunal puede costar más de un millón de euros), la empresa puede decidir quién puede o no publicar multimedia en Internet. Incluso podrían limitar qué tipo de contenidos podrían distribuirse, y por supuesto cuál es el peaje que paga cada cual. De hecho, incluso es arriesgado ahora mismo denunciar esta situación en un medio de comunicación que ofrezca audio o vídeo para descargar de Internet, porque al hacerlo puede colocarse como un próximo objetivo de las demandas de Acacia.

El motivo último de esta situación no es la negligencia de la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. (USPTO), sino una legislación de patentes que no pone límites a qué se puede patentar. Cuando hacia los años 80 se empezaron a patentar programas de ordenador y otras creaciones intelectuales, ya no hubo manera de evitar el bloqueo de cualquier actividad humana dónde intervengan ordenadores (que no son pocas). Ahora las críticas se multiplican, aunque pocos todavía ven la raíz del problema, y creen que todo se arreglaría si no se patentaran cosas obvias o ya conocidas (como si fuera tan fácil encontrar criterios para ello). Naturalmente, esto no resolvería el problema evidente de que patentes como las de Acacia no serían menos perjudiciales si en 1991 (cuando se pidieron), hubiera sido cierto que nadie había pensado todavía en transmitir ficheros de audio y vídeo comprimido entre dos ordenadores.

En EE.UU., en tiempos de vacas flacas en la «nueva economía», abundan los ejemplos de ataques con patentes de software. La compañía norteamericana Divine atacó a la británica Thompson and Morgan (que tiene una filial a EE.UU.) con una patente sobre comercio electrónico. La empresa de telecomunicaciones SBC dice haber patentado los marcos HTML y cualquier página web con un menú que se mantiene en una parte y otra parte de contenido que va cambiando. News.com también informa de casos sobre venta de música por Internet (SightSound contra CDNow, parte de Bertelsmann), de patentes sobre permitir escuchar muestras de canciones antes de comprarlas (Intouch Group contra Amazon y muchos otros). Casos más sonados fueron los de Pangea Intellectual Property (alias PanIP) contra pequeños comerciantes en Internet, Intertrust contra Microsoft por sistemas de gestión de derechos digitales, AOL y la patente sobre mensajería instantánea, o MercExchange contra eBay (la compañía con más éxito de la «nueva economía» declaraba que «nos pudrían hacer pagar daños significativos e incluso prohibirnos practicar buena parte de nuestro negocio en EE.UU.» y que eran incapaces de determinar las pérdidas que podrían sufrir si perdían el caso).

Las buenas noticias son que Europa, hasta ahora, tiene una legislación muy distinta. En el Convenio Europeo de Patentes (art. 52) los programas de ordenador, métodos de negocios, presentaciones de información y otras creaciones puramente intelectuales no se consideran invenciones, y no se pueden patentar como tales (esto no quiere decir que un aparato o proceso material patentable deje de poderse patentar simplemente porque utilice un programa).

Por eso patentes como las de estas noticias son de difícil defensa ante tribunales en Europa, y así se puede explicar porqué en EE.UU. incluso compañías grandes como Virgin ceden a estas extorsiones legales, y en Europa los casos no son (por ahora) tan escandalosos.

Sin embargo, la interpretación de la Oficina Europea de Patentes (que ha concedido por ejemplo la patente de Acacia) del mencionado Convenio es extremadamente laxa. Además, la Comisión Europea ha propuesto una directiva para permitir patentar software que acercaría Europa a la legislación de patentes ilimitadas de los EE.UU., sin hacer caso a los estudios económicos, el 90% de respuestas a su consulta pública, las empresas, los profesionales y los académicos del mundo de la informática. De hecho, muchos de los que apoyan esta propuesta de directiva tratan de convencer a la opinión pública de que no cambia sustancialmente la situación, aunque no han dado absolutamente ninguna seguridad de que las más de 30.000 patentes de software ya concedidas por la Oficina de Patentes Europea (como la de Acacia) no pasarían a ser completamente válidas.

El Parlamento Europeo está actualmente debatiendo la directiva (el comité de Cultura ya votó y en pocos días votará el de Industria). Que los problemas que ahora vemos en EE.UU. afecten a Europa de aquí unos años depende de las decisiones que tomen los políticos europeos de hoy y la presión que hagan los ciudadanos europeos. De ahí las campañas contra las patentes de software de diferentes organizaciones europeas.

¿Cometeremos en Europa los mismos errores que están cometiendo en EE.UU?

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