Una jueza de Madrid ordena el cierre cautelar de Donkeymania

¿No hay mas noticias en verano?

Personalmente no me gusta alarmar a los usuarios de P2P ya que yo simplemente no me creo nada de las supuestas denuncias a usuarios de este tipo de programas, pero parece que a falta de algo mas interesante, el verano es terreno abonado para este tipo de noticias.

Os recuerdo a todos que el artículo 270 del Código Penal permite específicamente a los usuarios compartir archivos siempre y cuando no obtengan ningún provecho económico.La titular del juzgado de instrucción número 3 de Madrid, Carmen Sánchez-Albornoz Bernabé, ha ordenado el cierre cautelar de Donkeymania por un posible delito contra la propiedad intelectual debido a los enlaces que proporcionaba. El «caso Donkeymania» comenzó con una denuncia de la editorial jurídica «El Derecho» a la que después se sumaron las entidades de gestión AFYVE y EGEDA.

Noticia completa: http://www.libertaddigital.com/./noticias/noticia_1275767822.html

Comentarios (6)
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  • garcia

    Cuidado con estas cosas, afirmar que ‘el artículo 270 del Código Penal permite específicamente a los usuarios compartir archivos siempre y cuando no obtengan ningún provecho económico’ es una opinión personal muy discutible y bastante engañosa.

    Ese artículo habla de ánimo de lucro, y la jurisprudencia no exige una ganancia concreta para considerar que hay ánimo de lucro.

    La supuesta denuncia se basará en ‘la existencia de ánimo de lucro, por hacer un uso de algo sin pagar nada por ello’.

    Personalmente no creo que vayan a multar a los usuarios de los programas de intercambio, aunque no descarto que se tomen medidas para impedir o modificar su funcionamiento.

  • deckard_29

    No creo que sean opiniones personales, aqui tienes una sentencia absolutoria si quieres:

    http://www.bufetalmeida.com/sentencias/malaga.html

    Te pego la parte que alude al termino que he usado y te ha escandalizado:

    La interpretación jurisprudencial tiende a caracterizar el ánimo de lucro, en términos amplios, como «propósito de enriquecimiento, ganancia económica o ventaja». Como elemento interno que es, la jurisprudencia suele inferirlo de las circunstancias concurrentes que rodean a los hechos. Concretamente, se aprecia la tendencia a fundamentarlo en datos objetivos, relacionados con los mismos, como puede ser el ofrecimiento en escaparates, tenencia en estanterías, una infraestructura negocial, etc…

    Si al acusado este lo han pillado con 92 Cds piratas y lo han absuelto por lo que comento ya me diras tu a mi que leñe van a hacernos a nosotros por tener algo en el ordenador.

  • ESTAFAO

    Cadia dia una parida nueva o que? Que mal vamos,no? espero que en los demas paises de Europa esten igual q nosotros… q si denuncias x alli, juicios xa tal fecha… cmo no sea a si… vaya verguenza de pais. Vamos q nos a tocao la loteria en vivir en «ESPAÑA» yo q toy buscando curro y todavia no encuentro… menos mal q me e sacao el graduao…

    Cual sera la noticia xa mñna??

    Saludos gente!

  • garcia

    Ya había leido la famosa sentencia, en la que por cierto quedó probado la existencia de género de ilícita procedencia, sin autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual y decomisaron los CD’S intervenidos para su destrucción, tampoco es una resolución firme. El intercambio de ficheros no es exactamente igual a la posesión de CD’S.

    No es cierto que de manera ‘específica’ el citado artículo permita el intercambio de ficheros, aunque si comparto la idea de que és muy difícil que dicha conducta sea un delito al faltar el ánimo de lucro, salvo interpretación pintoresca de ese concepto.

    Pero no me sorprendería que un juez estrella considere que hay ánimo de lucro por hacer uso de algo sin pagar nada a cambio e incluso que hay distribución al ser un intercambio.

    No es muy probable pero tampoco descartable.

    Aclaro que no soy jurista, confieso que no me he enterado de la explicación que das sobre el elemento interno, las circunstancias concurrentes y la infraestructura comercial.

    En cualquier caso y para que nadie se confunda ni ese artículo ni ningún otro permite de manera específica el intercambio de programas, música, películas y juegos sin pagar por la propiedad intelectual.

    La prueba de que no debe ser muy legal es que una jueza, como indicas en tu noticia, ha ordenado el cierre de una página de enlaces a esos ficheros.

    Y todo por la manía que tenemos de hacer copias de seguridad sin tener el original.

  • deckard_29

    Totalmente de acuerdo contigo García, no quiero hacer apología de las «copias de seguridad», nicamente quería calmar un poco al personal, aunque la verdad creoq ue tienes razón en que igual me he excedido en mis valoraciones. Igualmente tengo en cuenta que a la mayoría de los españoles hasta que no tienen un accidente o los multan no se ponen el casco en la moto. Venga, un salu2 garcía, un placer.

  • Anónimo

    Creo que estas afirmaciones gratuitas se caen por si solas. Segun una sentencia judicial de la comunidad valenciana, copiar cds. para uso personal y sin intencionalidad de percibir remuneración, no es ilicito.

    Segun una decisión del parlamento europeo, tener una pagina web, para que la gente intercambie música, no es ilegal, ni con ellos se realiza delito alguno. Cuando fue publicada esta decisión del alto organismo europeo, se hizo tambien el comentario, de que Napster en europa, no hubiera cerrado.

    Creo que la decision de la jueza de madrid del cierre cautelar de donkeymania, es (bajo mi opinión), precipitada y hasta pintoresca. Es muy fuerte que la justicia española, acceda a que un organismo como la sociedad general de autores decida sobre asuntos que nos competen a todos cuando los componentes de esta asociación, no son ni el 1% de los ciudadanos. Yo soy miembro de la Sociedad General de Autores de España. Lo que a los autores recibimos de esta gente, es el 10% de lo que ingresamos, ¿a donde va el 90% restante?. Por eso te digo que lo único engañoso es lo que ha decidio la Jueza de Madrid. Yo te digo que si esto comienza a prosperar, recurriré al Parlamento Europeo, para impedir que se persiga las copias de cds sin animo de lucro. Yo tengo más interes que tu seguramente, para pèseguir la pirateria, pero lo que hace la SGAE, ¿que es?.

    Un autor.