Las operadoras tendrán que dar de baja automáticamente la facturación al usuario cuando cambie de compañía, no podrán cobrar servicios que no hayan prestado y asumirán los gastos provocados en caso de alta fraudulenta. Éstos son algunos puntos de la nueva de orden de Calidad que afecta a «todo los servicos de telecomunicaciones» y que intentarán frenar el fraude de las empresas de ADSL y de las operadoras telefónicas.
Estas medidas han sido adoptadas por la «preocupación» que ha generado en la Administración los datos recabados por la Oficina de Atención al Usuario, especialmente en el caso de los servicios de Internet.
La iniciativa es realmente interesante. ¿Se aplicará?Una normativa que, según fuentes ministeriales, «afecta a todos los servicios. Operadoras telefónicas, fija y móvil, y empresas de ADSL es una norma integral», y que impedirá, entre otras cosas, que las operadoras cobren servicios que no han prestado o que se tenga que dar de baja automáticamente la facturación al usuario cuando éste decida cambiar de compañía.
La futura orden ministerial de Calidad, que será publicada este mismo mes, obligará a los operadores a medir y publicar sus niveles de calidad en los parámetros armonizados europeos, lo que permitirá a los usuarios establecer comparaciones entre compañías.
Otra de las principales novedades busca atajar el fraude de los operadores en la contratación de los servicios de telecomunicaciones, un problema de especial relevancia en Internet, donde representa seis de cada diez quejas. A partir de ahora, los operadores tendrán que acreditar la solicitud de contratación de los servicios y asumirán los gastos provocados a los usuarios en caso de alta fraudulenta.
La nueva normativa prohibirá asimismo el cobro de penalización o cuota alguna cuando el usuario decidida dar de baja un servicio del que no haya disfrutado. Los operadores también tendrán que dar de baja automáticamente la facturación al usuario cuando éste decida cambiar de compañía, y resarcir al cliente en caso de interrupción del servicio con una indemnización que deberá precisarse en el contrato.
Reclamaciones por teléfono e Internet
La página web de la Oficina de Atención al Usuario de las Telecomunicaciones, puesta en marcha el 25 de abril del año pasado, ofrece información sobre los derechos que asisten a los consumidores de servicios como la telefonía fija y móvil, el acceso a Internet, los números de tarificación adicional o el tratamiento automatizado de datos personales. Además, ofrece la posibilidad de realizar reclamaciones y denuncias. La Oficina permite además contactar con ella a través del teléfono 901 33 66 99.
Fuente: ElPais.es
Que se puede decir a esto, pues nada mas que por fin parece que empieza a haber algo de justicia. Aun que otra cosa digo y es que hasta que no lo vea no me lo creo.
Y que sigamos quejandonos ante cualquier injusticia, frente a estas empresas que solo miran por sus intereses y dejan de lado al sus usuarios que son los que les pagan. Basta ya !!!.
La idea parece buena. Esperemos que cuando creen la ley no creen la trampa, pués ya se sabe lo que pasa.
«Los operadores también tendrán que dar de baja automáticamente la facturación al usuario cuando éste decida cambiar de compañía, y resarcir al cliente en caso de interrupción del servicio con una indemnización que deberá precisarse en el contrato.»
¿Creeis que obligará la ley a establecer de mutuo acuerdo entre las partes que contrate establecer dicho importe de indemnización? 😉
Yo no sé en que quedará todo esto, pero de lo que si estoy seguro es de que esto es un paso adelante, casi de gigante para que las grandes compañias ( Timo, Jazz, Warra, ya, etc etc etc ) dejen de creerse Presidente de la Republica Bananera de » Que te Jodan nene «
Puntualización escéptica:
La nueva normativa prohibirá asimismo el cobro de penalización o cuota alguna cuando el usuario decidida dar de baja un servicio del que no haya disfrutado.
¿Se dará por hecho que no se ha disfrutado y el ISP tendrá que demostrar que sí se ha disfrutado? ¿O se partirá del supuesto de que se ha disfrutado y es el cliente el que ha de demostrar que no se ha disfrutado? Porque como sea esto último, poco se habrá avanzado. Y lo primero me parece poco probable.