La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, el Ayuntamiento de Ourense y la Diputación de Valencia recuerdan en comunicados recientes que la normativa en lo referente a las redes de uso público no ha cambiado y defienden su uso. Dichos comunicados se hacen a raíz de la reciente ratificación de la sentencia contra el ayuntamiento de Málaga por parte de la Audiencia nacional que sancionaba a dicho ayuntamiento con 30.000€. El proceso se inició por no registrarse éste como operador antes de ofrecer una red de Wi-Fi de acceso libre hace 2 años.
La normativa actual requiere como principal requisito el registro de la administración pública como operador de internet, como han hecho ya más de 500 administraciones. Otro detalle es que la velocidad ofrecida no puede superar los 256 Kbps y la señal no debe penetrar en las viviendas. Estos límites se pusieron para “proteger” a los operadores comerciales.
Aunque la normativa establecida es clara, no deja de ser contradictorio que algo tan elemental como es la conexión a internet de uso público tenga que pasar por tantos trámite burocráticos, dificultando su extensión y difusión. Es complicado defender los principios de transparencia, neutralidad y no discriminación para Internet y luego limitar la conexión de uso público a 256 Kbps o permitir el acceso solo a páginas institucionales.
Me parece un enorme paso hacia atras. La gente podria tener internet gratis y de calidad, y se nos priva de ello por los intereses de x empresas que podrian lucrarse de mil maneras mas, no van a irse a pique ni mucho menos. Que den un buen servicio y siempre habra quien pague por el, pero no pueden pretender detener el progreso para mantener sus benefios actuales, que si alguien me pregunta, encuentro abusivos y no se corresponden en absoluto con su coste fisico.