El Ministerio de Industria confunde conceptos en referencia a los 902

En septiembre la Asociación
de Internautas denunció,
ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la
Sociedad de la Información, los servicios de atención
al cliente a través de 902, por considerar que
contravienen la normativa sobre Derechos del Usuario actual, que
establece, claramente, un departamento o servicio de atención
al cliente gratuito.

En la respuesta, rechazando la
reclamación
de la AI, se mencionan dos artículos: el artículo
104.1, conforme el cual «Este servicio de atención al
cliente, de carácter gratuito, deberá
prestarse», y el artículo 109.2, que menciona «el
teléfono de atención al público, cuyas
llamadas tendrán el coste máximo del precio ordinario
del servicio de telecomunicaciones sin recargo». Para estos
señores es exactamente igual un cliente, una persona
que abona una cuota todo los meses, que el público en
general, que llama para informarse de las ofertas para ver si se da
de alta o no, por ejemplo.

Si nos ponemos así, las
operadoras tendrían que habilitar dos lineas, tampoco
seria tan mala idea, una para información y otra para
incidencias. Y, por supuesto, la de incidencias totalmente
gratuita, y, en cuanto a la de información al público
en general, a precio ordinario de una llamada normal, con lo que
tampoco podría ser a través de un 902 si
se quiere cumplir con el articulo 109.2 ese, ya que los 902 entran en
los denominados servicios de inteligencia de la Red, que implican un
coste añadido para el abonado (Real Decreto 2296/2004,
en el Anexo relativo al Plan nacional de numeración
telefónica, apartado 9.1).

Total, que la AI, nosotros mismos y
suponemos que cualquiera que sepa leer, encuentra que el rechazo de
la denuncia está fatalmente argumentado, mezcla churras
con merinas, confunde conceptos, equivoca significados de palabras y
es demagogia pura. Una obra de arte para quitarse el muerto de encima
en definitiva.

Como es natural la Asociación de
Internautas ha presentado un recurso contra esta peregrina decisión.

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