Auna sigue cobrando despues de dar la baja.

La Consejería de Gobernación, a través de su Dirección General de Consumo, ha abierto un expediente sancionador a la empresa de telefonía Auna Telecomunicaciones con una multa de 30.000 euros por una falta grave al «haber intentado continuar facturando sus servicios» a clientes que habían pedido formalmente la baja.

En un comunicado remitido a Europa Press, la Consejería advierte que «está dispuesta a abrir otros procedimientos sancionadores si la empresa no modifica su forma de actuar y no respeta los derechos de los consumidores».

Igualmente, éste es el expediente de mayor cuantía que se ha abierto desde la Junta contra AUNA, ya que a lo largo de 2004 y 2005 se iniciaron otras tres actuaciones por incumplimientos de contrato y por alteración del suministro para lo que se establecieron multas de 6.000 y 7.000 euros en las dos ocasiones restantes.

La intervención de la Junta se basa en 13 denuncias realizadas por consumidores que comunicaron por escrito la petición de baja de los servicios contratados recibiendo facturas posteriores e incluso en algunos casos la amenaza de incluirlos en el registro de morosos si no las abonaban.

De esta forma, los afectados solicitaron la intervención de la Junta Arbitral de Consumo regional, perteneciente a la Consejería de Gobernación, con el fin de que ésta mediara para lograr cortar toda relación con la compañía telefónica.

Así las cosas, los técnicos de Consumo han considerado que la actuación de la empresa contraviene lo establecido en los contra

tos, donde el cliente puede romper la relación con la empresa «mediante escrito por correo certificado con acuse de recibo, fax con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia fehaciente de la recepción por AUNA de su petición de baja» y que la resolución solicitada «tendrá efecto dentro de los 15 días naturales siguientes a la recepción de la petición de baja».

En esta línea, estos incumplimientos constituyen una infracción tipificada en el artículo 79.2 de la Ley de Protección de los Consumidores «al cometerse faltando a los más elementales deberes de diligencia exigibles y afectar a un elevado número de consumidores».

Asimismo, se han estimado como agravantes el retraso en la tramitación de la baja con el consiguiente perjuicio y trastorno para el usuario, así como la posición relevante en el mercado del infractor, por lo que se le ha impuesto la multa máxima computable para una falta de este tipo.

MAYOR NUMERO DE RECLAMACIONES

La telefonía es una de las materias en las que se producen un mayor número de reclamaciones, de modo que desde enero a octubre de 2005 los servicios de Consumo recibieron un total de 3.219 quejas relacionadas con los servicios de telefonía e Internet, lo que supone un 20,5 por ciento del total de denuncias del sector servicios que ascienden a 15.670.

En cuanto a sus causas, principalmente están relacionadas con la facturación, problemas con el servicio de atención al cliente e incumplimientos de contrato.

Asimismo, las quejas por la telefonía suponen un 95 por ciento de las 1.840 peticiones de arbitraje recibidas entre enero y octubre en la Junta Arbitral de la comunidad autónoma, el organismo encargado de gestionar el arbitraje, una forma «rápida, ágil y gratuita» de resolver los conflictos que permite al consumidor defender sus derechos pero sin tener que pasar por los tribunales para dirimir sus diferencias con una empresa.

Hasta la fecha se han resuelto la mitad de las reclamaciones presentadas, un 51 por ciento a través de los laudos del colegio arbitral y el resto a través de la mediación que realizan los funcionarios de Consumo

Fuente: Europa Press

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