La Unión Europea declara ilegal la aplicación indiscriminada del canon digital

El otro día hablábamos sobre el litigio mantenido entre la Sociedad General de Autores Españoles y la empresa PADAWAN por el pago que esta segunda tenía que hacer, según la SGAE, por la fabricación de dispositivos de almacenamiento.
 
Hoy, el Tribunal de Justicia Europeo ha dictaminado que la aplicación del canon digital de manera indiscriminada es ilícita, y sólo se debe de gravar cuando se puede demostrar que ese dispositivo se va a utilizar para archivos que violen los derechos de autor.
 
Sin embargo, pese a lo que ha dictaminado la Unión Europea, quien tiene la última palabra al respecto es la Audiencia Provincial de Barcelona qué decidirá finalmente si PADAWAN deberá pagar, o no, la cantidad demandada por la SGAE.
 
La Unión Europea no tiene, todavía, competencia suficiente para encargarse de estas cuestiones a nivel nacional y su postura sólo es un referente, ya que fue la propia Audiencia Provincial de Barcelona quien pidió consejo al Tribunal europeo para poder llevar el caso con toda la información posible.
 
Dentro de unos días se sabrá la resolución de la Audiencia Provincial. En cualquier caso, se desconoce sí, en caso de dar la razón a PADAWAN, será una resolución retroactiva y la SGAE tendrá que devolver todo el dinero recogido de manera indiscriminada.

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