Un operador obligado a cortar el Internet por violación de derechos de autor

Un usuario cuya identidad es desconocida, ya que operaba con el apodo “nito75” estaba realizando intercambios de archivos musicales a través de un software propio para tal fin y fue detectado por las autoridades. De esta forma, las discográficas cuyos derechos de propiedad intelectual habían sido violados (Promusicae entre otras) no han tenido otro remedio que denunciar a la operadora gallega “R” a la cual el juzgado mercantil nº 6 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha obligado a cortar inmediatamente y de por vida el Internet a dicho usuario.
El usuario actuaba a través de “Direct Connect” un programa de intercambio de P2P relativamente conocido durante los primeros 10 años de siglo.
Las empresas discográficas alegaron que “nito 75” tenía 5.097 canciones en su disco duro, y que estaban también en una carpeta compartida, de estas canciones se ha conseguido saber que, al menos, 3 tenían derechos de propiedad intelectual y estaban registradas como tal.

De este modo y aplicando los artículos 138 y 139, las discográficas han podido reclamar al intermediario sin tener por qué encontrar al infractor. Es la primera vez que se hace algo así, pese a ser una posibilidad que existe hace más de 10 años en España.
Tras argumentarse todo esto, la sentencia ha considerado que, ante semejante cantidad de intercambios, se podía considerar como comunicación pública y para ello, se ha apoyado en otras 2 sentencias que se dieron en 2011.
Los magistrados  sostienen que el alojamiento de canciones en el disco duro es un acto de reproducción siempre que permita la copia o la comunicación con cierta cantidad de personas.
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